Por favor, use este identificador para citar o enlazar este ítem: https://hdl.handle.net/20.500.12104/83100
Título: Jornadas de Trabajo en Sustitución a la pena de multa en Jalisco.
Autor: Ochoa Bernal, Cynthia Gabriela
Asesor: Olveda Colunga, Hugo
Palabras clave: Jornadas De Trabajo Vs. Pena De Multa
Fecha de titulación: 24-may-2018
Editorial: Biblioteca Digital wdg.biblio
Universidad de Guadalajara
Resumen: En el primer capítulo analicé el concepto de la pena en general, planteado por diversos autores, examiné cada una de las características, formando así mi propia definición de ‘pena’. Posteriormente, estudié brevemente las teorías de la pena, y finalicé esta primera parte mencionando las distintas sanciones estipuladas en las legislaciones penales aplicables para el Estado de Jalisco. Dentro del segundo capitulado, profundice en la sanción pecuniaria de la multa, es decir, el importe de dinero que se paga al Estado, impuesto en una sentencia definitiva condenatoria, a la persona que resultó responsable en la comisión de una conducta delictiva, que según su tipo penal prevé dicha pena; se plasmó su concepto, y la forma como se encuentra prevista en el Código Penal tanto Federal como el Estatal; confirmando el hecho de la ineficiente aplicación de tal medio punitivo. Por otra parte, en el capítulo tercero, entré al estudio de las penas laborales, señalando qué son, en qué consisten, limitaciones que se tiene sobre la obligatoriedad del trabajo, cómo se encuentran establecidas en los ordenamientos legales, su funcionalidad; después, analizo su proceder como un sustituto de la pena de multa, para terminar exponiendo la operatividad que tiene un reclusorio cuando tiene que ejecutar las jornadas de trabajo impuestas en una sentencia definitiva a un imputado privado de su libertad, en virtud de que dicha sanción trae aparejada pena de prisión. Finalmente, concluyo con el verdadero objeto de las puniciones en el sistema penal, estableciendo cuál es su finalidad, y que, en base a ello, la pena de multa no cumple su cometido, por tanto, debe ser sustituida por jornadas de trabajo, proponiéndole al juzgador tomar en cuenta tal supuesto
URI: https://hdl.handle.net/20.500.12104/83100
https://wdg.biblio.udg.mx
Programa educativo: Maestría en Derecho
Aparece en las colecciones:CUCSH

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